JUECES INDÍGENAS GANAN 47 VECES MENOS QUE UN MAGISTRADO, EN QROO

La justicia en Quintana Roo no llega ni para los jueces. En Quintana Roo existen 16 jueces tradicionales, y cada uno recibe un salario mensual de 4 mil 460 pesos, este monto contrasta drásticamente con los 213 mil 088.40 pesos de sueldo bruto que recibe un Magistrado numerario del Poder Judicial.

De acuerdo al apartado de remuneración de los servidores públicos del Poder Judicial, el Magistrado Presidente del Poder Judicial percibe un salario bruto de 265 mil 109 pesos; un Magistrado numerario tiene un sueldo bruto de 213 mil 088.40; un juez para adolescentes gana 64 mil 230 pesos; un juez de control del sistema penal llega a ganar 64 mil 230 pesos; y un juez de primera instancia recibe 51 mil 754 pesos.

Pero no solo los jueces tradicionales tienen un salario muy por debajo del que gozan los demás jueces, sino también el juez de asuntos indígenas del Tribunal Superior de Justicia, recientemente nombrado, gana menos que sus homólogos, pues tiene un sueldo bruto de 49 mil 885 pesos.

En respuesta a la solicitud de información 00506420, a los jueces tradicionales además de la remuneración mensual de 4 mil 460 pesos, también se les paga un aguinaldo de 7 mil 433 pesos; prima vacacional de 3 mil 568 pesos; y un pago de 7 mil 488 pesos como concepto de “otras prestaciones de fin de año”. De los 16 jueces, seis tienen jurisdicción en Felipe Carrillo Puerto; siete en Solidaridad; y tres en Lázaro Cárdenas.

CARGO
SUELDO BRUTO

SUELDO NETO
Magistrado numerario 
213088.40 145023.64
Magistrado supernumerario
192734.40
131589.99
Consejero
211877.40
144224.38
Juez de primera instancia
51754.00
46550.62
Juez de Tribunal de juicio oral
64230.00

46970.94

Juez para adolescentes

64230.00
46970.94
JUEZ TRADICIONAL

4460.00


JUECES TRADICIONALES, INTERESAN SOLO PARA LA FOTO

El pasado 9 de julio, el Magistrado numerario de la Segunda Sala Familiar, Mario Alberto Aguilar Laguardia, en compañía del Magistrado de Asuntos Indígenas, Francisco Javier Reyes Hernández, realizó una visita a alguno de los jueces de la zona maya de Tulum, donde les entregó “accesorios” para cumplir su función de juez, cubrebocas y gel. El juzgador, quien aspira a suceder al Magistrado Presidente, José Antonio León Ruiz, manejó un triciclo, visitó a una familia de la zona maya y publicó en su página oficial de Facebook 56 fotos de su recorrido.

En la comunidad de Yalchén, la casa de justicia no tiene techo y está en riesgo de caerse por una gran cuarteadura, pero ello no preocupó al Magistrado Aguilar Laguardia, pues hasta la fecha, el inmueble continúa en las mismas condiciones.

¿POR QUÉ HAY JUECES INDÍGENAS EN QUINTANA ROO?

La figura y facultades de los jueces tradicionales está contemplada en la Constitución Política del estado, que en su artículo 13 señala (…) “el Estado de Quintana Roo, como parte de la nación mexicana, tiene una composición pluricultural, sustentada originariamente en sus comunidades y pueblos indígenas mayas, que se encuentran asentados y conviven en su territorio. La conciencia de la identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quienes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.

Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentada en el territorio del Estado y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.

(…)

A. Se reconoce el derecho de los pueblos y comunidades indígenas establecidos en el territorio del Estado a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para:

(…)

VIII. Acceder plenamente a la jurisdicción del Estado. Para garantizar ese derecho, en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o colectivamente, se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales respetando los preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de esta Constitución. Los indígenas tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura. Los miembros de las etnias que habitan en las comunidades indígenas, podrán resolver sus controversias de carácter jurídico de acuerdo a sus usos, costumbres y tradiciones; la Ley instituirá un sistema de justicia indígena para las comunidades de la Zona Maya del Estado, a cargo de jueces tradicionales y, en su caso, de Magistrados de Asuntos Indígenas que funcionen en Sala, en Tribunales Unitarios, o en las instituciones que de acuerdo con las comunidades indígenas, determine el Tribunal Superior de Justicia. (…)

Los jueces tradicionales se ocupan de controversias surgidas entre los integrantes de su comunidad, su autoridad es generalmente reconocida y respetada, la justicia indígena es alternativa a la vía jurisdiccional ordinaria y al fuero de los jueces del orden común, es decir, a los tribunales convencionales. Se rige por la Ley de Justicia Indígena de Quintana Roo y abarca los ámbitos a civil, familiar y penal, de acuerdo a los usos y costumbres de las comunidades, pero con apego a las leyes vigentes, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales.