Policías violadores podrían alcanzar hasta 25 años de cárcel

Juan Baltazar Jiménez Mendoza y Bruno Ávila Mike, expolicías municipales de Othón P. Blanco, ya se encuentran a disposición de un Juez penal y recluidos en el Centro de Reinserción Social (CERESO) capitalino, donde el primero podría alcanzar una pena de al menos 25 años de prisión por la violación de una estudiante de 18 años de edad, pero que pueden elevarse a 50 años de prisión o hasta cárcel vitalicia por tratarse de un policía que aprovechó su cargo para perpetrar el delito, informó el procurador de Justicia, Gaspar Armando García Torres.

El abogado del Estado informó que agentes de la Policía Judicial del Estado, al vencer el término constitucional de las 48 horas, por instrucciones del Ministerio Público del Fuero Común trasladaron a Juan Baltazar Jiménez Mendoza, acusado de violación, lesiones y robo, y Bruno Ávila Mike, acusado de lesiones, robo y encubrimiento de su compañero violador, al Centro de Reinserción Social de Chetumal en los primeros minutos de este domingo.

Ahí quedaron a disposición de un Juez penal que se encargará de dictar el auto de formal prisión o de libertad, según sea su veredicto, aunque dada la contundencia de las pruebas periciales, todo indica que el expolicía municipal Juan Baltazar Jiménez Mendoza puede alcanzar una sentencia de 25 a 50 años de prisión o hasta prisión vitalicia, pues al ser un servidor público al momento de cometer el delito, la pena para su caso se agrava, ya que aprovechó su cargo de policía para atacar a la víctima.

El procurador señaló que el representante social, con el apoyo de testimonios, pruebas periciales e investigaciones de campo de la Policía Judicial, recabó las evidencias en contra de estos dos exservidores públicos, por lo que aseguró que recibirán el castigo que merecen.

Cabe señalar que en su declaración con relación al caso, Jiménez Mendoza y Ávila Mike, cínicamente mintieron al Ministerio Público del Fuero Común para tratar de zafarse de la imputación de la violación, diciendo que encontraron a la jovencita de iniciales C.A.C., de 18 años de edad, sosteniendo relaciones con su novio.

Jiménez Mendoza, policía segundo, quien fue el que cometió el ilícito mientras Bruno mantenía asegurado al novio de la joven en la unidad policial, argumentó que la mujer se encontraba bajo los influjos del alcohol y que ella misma fue quien lo provocó para que mantuvieran el acto sexual.

Sin embargo, se pudo confirmar que la afectada nunca había tenido relaciones sexuales ni consumido bebidas embriagantes; además, los estudios médicos determinaron la existencia de violación, es decir, de relaciones sexuales no consentidas y por medio de la violencia.

Por su parte, Ávila Mike dijo desconocer sobre lo que esa noche ocurrió, ya que sólo cumplió con las indicaciones de su comandante.

De acuerdo al Código Penal de Quintana Roo, reformado el 30 de junio de 2010, en su artículo 128, señala que: “Al que cometa el delito de violación, se aplicará una pena de prisión de veinticinco a cincuenta años o prisión vitalicia y de mil quinientos a tres mil días multa, en los siguientes casos:

I.- Cuando la violación se realice aprovechando la autoridad que se ejerza legalmente sobre la víctima, o la confianza generada por una relación de parentesco sea cual fuere la naturaleza y el grado de ésta; en estos supuestos, el agente será privado del ejercicio de la patria potestad, de la tutela o custodia y, en su caso, de los derechos sucesorios con respecto a la víctima”.

II.- Cuando la violación sea cometida aprovechando los medios o circunstancias que proporcionan el empleo, cargo o comisión que el agente ejerce, en cuyo caso éste será
privado o suspendido además, del ejercicio del empleo, cargo o comisión por el término de la pena de prisión que se le imponga,

III.- Cuando la violación sea cometida por dos o más personas.

IV.- Cuando la violación sea cometida aprovechando la confianza depositada en el agente, sin que éste tenga relación de parentesco con la víctima.”